Nota: La calificación en el código 8002 se mantendrá durante 2 años tras el cese de la modalidad quirúrgica, quimioterapéutica u otra modalidad de tratamiento. En este momento, si los residuos se han estabilizado, la calificación se hará sobre los residuos neurológicos según la sintomatología.
Calificación mínima
8003 Benigna, mínima
Calificación de residuales, mínima
8004 Parálisis agitante:
Calificación mínima
8005 Parálisis bulbar
8007 Cerebro, vasos, embolia de.
8008 Cerebro, vasos, trombosis de.
8009 Cerebro, vasos, hemorragia de:
Tarifa las afecciones vasculares bajo los Códigos 8007 a 8009, durante 6 meses
Tarifa residual, después, mínimo
8010 Mielitis:
Calificación mínima
8011 Poliomielitis, anterior:
Como enfermedad febril activa
Tasa residual, mínima
8012 Hematomielia:
Durante 6 meses
Tasa residual, mínima
8013 Sífilis, cerebroespinal.
8014 Sífilis, meningovascular.
8015 Tabes dorsal.
Nota: Tasa según la gravedad de las convulsiones, parálisis, afectación visual o psicótica, etc.
8017 Esclerosis lateral amiotrófica
Nota: Considerar la necesidad de una compensación especial mensual.
8018 Esclerosis múltiple:
Valoración mínima
8019 Meningitis, cerebroespinal, epidémica:
Como enfermedad febril activa
Tasa residual, mínima
8020 Cerebro, absceso de:
Como enfermedad activa
Tasa residual, mínima
Médula espinal, nuevos crecimientos de:
8021 Maligno
Nota: La calificación en el código 8021 se mantendrá durante 2 años tras el cese de la modalidad quirúrgica, quimioterapéutica u otra modalidad de tratamiento. En este momento, si los residuos se han estabilizado, la calificación se hará sobre los residuos neurológicos según la sintomatología.
Calificación mínima
8022 Benigna, calificación mínima
Calificación de residuales, mínima
8023 Atrofia muscular progresiva:
Calificación mínima
8024 Siringomielia:
Valoración mínima
8025 Miastenia gravis:
Valoración mínima
Nota: Se requiere para las valoraciones mínimas de los residuos bajo los códigos diagnósticos 8000-8025, que haya residuos determinables. Las determinaciones en cuanto a la presencia de residuos no susceptibles de verificación objetiva, es decir, dolores de cabeza, mareos, fatiga, deben abordarse sobre la base del diagnóstico registrado; los residuos subjetivos se aceptarán cuando sean coherentes con la enfermedad y no sean más probablemente atribuibles a otra enfermedad o a ninguna enfermedad. Es de excepcional importancia que cuando se asignen valoraciones superiores a las mínimas prescritas, se citen los códigos diagnósticos utilizados como base de la evaluación, además de los códigos que identifican los diagnósticos.
8045 Residuos de lesiones cerebrales traumáticas (TBI):
Hay tres áreas principales de disfunción que pueden resultar de TBI y tener efectos profundos en el funcionamiento: cognitiva (que es común en diversos grados después de TBI), emocional/conductual y física. Cada una de estas áreas de disfunción puede requerir una evaluación.
El deterioro cognitivo se define como la disminución de la memoria, la concentración, la atención y las funciones ejecutivas del cerebro. Las funciones ejecutivas son el establecimiento de objetivos, la velocidad de procesamiento de la información, la planificación, la organización, el establecimiento de prioridades, el autocontrol, la resolución de problemas, el juicio, la toma de decisiones, la espontaneidad y la flexibilidad para cambiar las acciones cuando no son productivas. No todas estas funciones cerebrales pueden estar afectadas en un individuo con deterioro cognitivo, y algunas funciones pueden estar más afectadas que otras. En un individuo determinado, los síntomas pueden fluctuar en gravedad de un día a otro. Evalúe el deterioro cognitivo bajo la tabla titulada «Evaluación del Deterioro Cognitivo y Otros Residuos de LCT No Clasificados de Otra Manera»
Los síntomas subjetivos pueden ser el único residuo de LCT o pueden estar asociados con el deterioro cognitivo u otras áreas de disfunción. Evalúe los síntomas subjetivos que son residuales de la LCT, sean o no parte del deterioro cognitivo, bajo la faceta de síntomas subjetivos en la tabla titulada «Evaluación del deterioro cognitivo y otros residuales de la LCT no clasificados de otra manera.» Sin embargo, evalúe por separado cualquier residuo con un diagnóstico distinto que pueda ser evaluado bajo otro código de diagnóstico, como la migraña o la enfermedad de Meniere, incluso si ese diagnóstico se basa en síntomas subjetivos, en lugar de hacerlo bajo la tabla «Evaluación del deterioro cognitivo y otros residuos de LCT no clasificados de otro modo»
Evalúe la disfunción emocional/conductual bajo § 4.130 (Lista de calificaciones – trastornos mentales) cuando haya un diagnóstico de trastorno mental. Cuando no hay diagnóstico de un trastorno mental, evalúe los síntomas emocionales/conductuales bajo los criterios de la tabla titulada «Evaluación del deterioro cognitivo y otros residuos de TBI no clasificados de otra manera».»
Evalúe la disfunción física (incluyendo la neurológica) basándose en la siguiente lista, bajo un código de diagnóstico apropiado: Disfunción motora y sensorial, incluido el dolor, de las extremidades y de la cara; discapacidad visual; pérdida de la audición y acúfenos; pérdida del sentido del olfato y del gusto; convulsiones; problemas de la marcha, la coordinación y el equilibrio; dificultades del habla y otras dificultades de comunicación, incluida la afasia y los trastornos relacionados, y la disartria; vejiga neurógena; intestino neurógeno; disfunciones de los nervios craneales; disfunciones de los nervios autónomos; y disfunciones endocrinas.
La lista anterior de tipos de disfunción física no abarca todos los posibles residuos de la LCT. En el caso de los residuos no enumerados aquí que se reportan en un examen, evalúe bajo el código de diagnóstico más apropiado. Evalúe cada condición por separado, siempre que los mismos signos y síntomas no se utilicen para apoyar más de una evaluación, y combine bajo § 4.25 las evaluaciones para cada condición calificada por separado. La evaluación asignada en base a la tabla «Evaluación del deterioro cognitivo y otras secuelas de la LCT no clasificadas de otro modo» se considerará la evaluación para una sola condición a efectos de combinarla con otras evaluaciones de discapacidad
Considere la necesidad de una compensación mensual especial para problemas como la pérdida de uso de una extremidad, ciertas deficiencias sensoriales, disfunción eréctil, la necesidad de ayuda y asistencia (incluida la protección frente a los riesgos o peligros incidentes en el entorno cotidiano debido al deterioro cognitivo), estar confinado en casa, etc
Evaluación del Deterioro Cognitivo y de los Síntomas Subjetivos
La tabla titulada «Evaluación del Deterioro Cognitivo y Otros Residuos de LCT No Clasificados» contiene 10 facetas importantes de la LCT relacionadas con el deterioro cognitivo y los síntomas subjetivos. Proporciona criterios para los niveles de deterioro para cada faceta, según corresponda, que van de 0 a 3, y un 5º nivel, el nivel más alto de deterioro, etiquetado como «total». Sin embargo, no todas las facetas tienen todos los niveles de gravedad. La faceta de conciencia, por ejemplo, no prevé un nivel de afectación distinto de «total», ya que cualquier nivel de afectación de la conciencia sería totalmente incapacitante. Asigne una evaluación del 100% si «total» es el nivel de evaluación de una o más facetas. Si ninguna faceta se evalúa como «total», asigne la evaluación porcentual global basada en el nivel de la faceta más alta de la siguiente manera: 0 = 0 por ciento; 1 = 10 por ciento; 2 = 40 por ciento; y 3 = 70 por ciento. Por ejemplo, asigne una evaluación del 70 por ciento si 3 es el nivel más alto de evaluación para cualquier faceta.
Nota (1): Puede haber una superposición de las manifestaciones de las condiciones evaluadas bajo la tabla titulada «Evaluación del deterioro cognitivo y otros residuos de TBI no clasificados de otra manera» con las manifestaciones de un trastorno mental o neurológico comórbido u otro trastorno físico que puede ser evaluado por separado bajo otro código de diagnóstico. En estos casos, no asigne más de una evaluación basada en las mismas manifestaciones. Si las manifestaciones de dos o más trastornos no pueden separarse claramente, asigne una sola evaluación bajo cualquier conjunto de criterios diagnósticos que permita evaluar mejor el deterioro general del funcionamiento debido a ambos trastornos. Sin embargo, si las manifestaciones son claramente separables, asigne una evaluación separada para cada afección.
Nota (2): Los síntomas que figuran como ejemplos en determinados niveles de evaluación en la tabla son sólo ejemplos y no son síntomas que deban estar presentes para asignar una evaluación concreta.
Nota (3): «Las actividades instrumentales de la vida diaria» se refieren a las actividades que no son de cuidado personal y que son necesarias para la vida independiente, como la preparación de las comidas, la realización de las tareas domésticas y otras labores, la compra, los viajes, el lavado de la ropa, la responsabilidad de los propios medicamentos y el uso del teléfono. Estas actividades se distinguen de las «Actividades de la vida diaria», que se refieren al cuidado básico de uno mismo e incluyen bañarse o ducharse, vestirse, comer, acostarse o levantarse de la cama o de una silla, y usar el baño.
Nota (4): Los términos LCT «leve», «moderado» y «grave», que pueden aparecer en los registros médicos, se refieren a una clasificación de la LCT realizada en el momento de la lesión, o cerca de ella, y no al nivel de funcionamiento actual. Esta clasificación no afecta a la calificación asignada bajo el código de diagnóstico 8045.
Nota (5): Un veterano cuyos residuos de TBI se clasifican bajo una versión de § 4.124a, código de diagnóstico 8045, en vigor antes del 23 de octubre de 2008 puede solicitar la revisión bajo el código de diagnóstico 8045, independientemente de si su discapacidad ha empeorado desde la última revisión. VA revisará la calificación de discapacidad de ese veterano para determinar si puede tener derecho a una calificación de discapacidad más alta bajo el código de diagnóstico 8045. Una solicitud de revisión en virtud de esta nota se tratará como una solicitud de aumento de la calificación a efectos de determinar la fecha de entrada en vigor de un aumento de la calificación concedido como resultado de dicha revisión; sin embargo, en ningún caso la concesión será efectiva antes del 23 de octubre de 2008. A los efectos de determinar la fecha de entrada en vigor de un aumento de la calificación concedido como resultado de dicha revisión, el VA aplicará el 38 CFR 3.114, si procede.
8046 Arterioesclerosis cerebral:
Las discapacidades puramente neurológicas, como la hemiplejía, la parálisis de los nervios craneales, etc., debidas a la arteriosclerosis cerebral se clasificarán en los códigos de diagnóstico que tratan de dichas discapacidades específicas, citando un código de diagnóstico con guión (por ejemplo, 8046-8207).
Las molestias puramente subjetivas, como dolor de cabeza, mareos, acúfenos, insomnio e irritabilidad, reconocidas como sintomáticas de una arteriosclerosis cerebral debidamente diagnosticada, se clasificarán en un 10 por ciento y no más en el código de diagnóstico 9305. Esta valoración del 10 por ciento no se combinará con ninguna otra valoración de una discapacidad debida a la arteriosclerosis cerebral o generalizada. Las calificaciones superiores al 10 por ciento por arteriosclerosis cerebral bajo el código diagnóstico 9305 no son asignables en ausencia de un diagnóstico de demencia multiinfarto con arteriosclerosis cerebral.
Nota: Las valoraciones bajo el código 8046 se aplican sólo cuando el diagnóstico de arteriosclerosis cerebral se fundamenta en el cuadro clínico completo y no únicamente en los hallazgos de arteriosclerosis retiniana.