Extensión de la visa J-1

  • Trabajo de verano/viaje: 4 meses
  • Para solicitar la extensión de la visa J-1, es importante que el solicitante revise los requisitos exigidos y las listas de documentación para evitar posibles retrasos.

    Requisitos para la extensión de la visa J-1

    Al igual que los requisitos iniciales para la visa J-1, estos criterios son relativamente sencillos:

    • Actualmente con estatus J-1
    • El patrocinador del programa debe haber presentado el formulario DS-2019

    Documentación para la extensión de la visa J-1

    Para solicitar la extensión de su visa J-1, deberá presentar los siguientes documentos:

    • Si el programa patrocinador no puede financiar al solicitante, éste debe ser capaz de proporcionar evidencia de la capacidad financiera para pagar las tasas como la matrícula y los gastos de vida durante un año.
    • Formulario DS-2019 e IAP-66
    • Pasaporte
    • Formulario I-94
    • Comprobante del seguro médico del visado J-1. El seguro debe poder cubrir la duración de la prórroga y los dependientes con estatus de visado J-2.
    • Documentación complementaria con explicaciones válidas para una prórroga.
    • No es necesario volver a pagar una tasa SEVIS.

    Proceso de extensión de la visa J-1

    El patrocinador del programa tiene un funcionario específico que es capaz de determinar la elegibilidad del solicitante a través de la documentación. Si la extensión de la visa J-1 ha sido aceptada, el solicitante debe obtener un nuevo formulario DS-2019 con una nueva fecha de expiración. Esta fecha se registrará en el SEVIS. Si el titular de la visa J-1 tiene hijos o un cónyuge con estatus J-2, la extensión los cubrirá también.

    El nuevo DS-2019 emitido tendrá una nueva fecha de finalización y SEVIS también registrará la nueva fecha de expiración. Si tiene dependientes (cónyuge y/o hijos) con un visado J-2, cada uno de sus dependientes deberá recibir su propio DS-2019.

    Cambio de categoría en la extensión del visado J-1

    Si está solicitando un cambio de categoría relacionado con la extensión de su visado J-1, deberá demostrar claramente que está estrechamente relacionado con sus objetivos originales de intercambio y que es necesario como resultado de circunstancias extraordinarias.

    Deberá consultar con el oficial de su programa. Ellos tendrán que presentar una solicitud por escrito al DOS en su nombre y habrá que presentar el pago correspondiente (tasa). Si su solicitud es aceptada, el oficial emitirá un DS-2019 actualizado.

    Otras extensiones de la visa J-1

    En comparación con varias categorías de beneficiarios de la visa J-1, los becarios de investigación tienen un proceso de extensión que es diferente. Dado que el visado J-1 cubre una amplia gama de profesiones, el período de validez difiere entre los solicitantes. Mientras que un visitante del gobierno, un au pair o un consejero de campamento no pueden permanecer más allá del período de validez para su categoría, un becario de investigación puede hacerlo.

    Esto se debe a que los becarios de investigación y los profesores no tienen que seguir el protocolo habitual como los demás. Se les permite solicitar una prórroga de seis meses a su programa patrocinador y no al Departamento de Estado. Con ello, pueden permanecer más de los tres años previstos en Estados Unidos. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que el tiempo extra solicitado debe ser necesario para completar un determinado programa o proyecto de investigación. Una vez más, la solicitud está sujeta a la aprobación y no hay garantía de que se le conceda al solicitante.

    ¿Qué pasa si necesito más tiempo?

    Como becario de investigación o profesor, puede que la prórroga extra de seis meses no sea suficiente para terminar todo lo que tiene que hacer en los EE.UU. En esta situación, se le permite pedir tiempo adicional. Esta prórroga adicional no será tan fácil como la primera y tendrás que demostrar que las circunstancias que justifican la solicitud se consideran excepcionales.

    También tendrá que aportar la documentación que avale su solicitud. En caso contrario, su solicitud no será atendida. Para su segunda prórroga, ya no es sólo entre usted y su patrocinador del programa-el DOS debe estar involucrado.

    La solicitud le costará otros 246 dólares, que no son reembolsables. Antes de poder hacer la solicitud, debe haber utilizado al menos tres de los seis meses concedidos por la primera prórroga. Si se le concede esta segunda prórroga, dispondrá de seis meses más para completar su proyecto o investigación. Tenga en cuenta que la adjudicación depende exclusivamente de la decisión del DOS.

    Terminación anticipada del visado J-1

    El titular de un visado J-1 puede ver terminado su estatus antes de la finalización de su programa en los Estados Unidos. Todo visitante de intercambio está sujeto al gobierno de Estados Unidos así como a los patrocinadores de su programa. Esto significa que la violación de cualquiera de las normas establecidas por cualquiera de estas dos entidades podría marcar el fin de la estancia del solicitante en Estados Unidos. Otras razones que pueden llevar a la terminación anticipada de la visa J-1 incluyen:

    • Incumplimiento de las actividades para las que fue admitido en Estados Unidos
    • Incapacidad para continuar su programa
    • Incumplimiento deliberado de mantener el seguro adecuado requerido para su caso
    • Empeñarse en un empleo no autorizado
    • Condena por delito

    Por qué debe evitar la J-1 Terminación Anticipada de la Visa

    Que su estatus J-1 sea terminado antes de que termine su programa tiene muchas consecuencias inmediatas y futuras. Además de no poder terminar su programa, la terminación de su estatus también será registrada en los datos del gobierno como una violación de la ley laboral o de inmigración, lo que afectará sus intentos de reingreso en el futuro. Por esta y muchas más razones, le recomendamos encarecidamente que haga lo que sea necesario para evitar la terminación de su estatus, lo cual puede hacerse cumpliendo estrictamente con todas las reglas que rodean su programa y estatus migratorio.

    Reglas de Infracciones Menores y Graves de la J-1

    Dentro de la visa J-1, algunas reglas se categorizan como reglas menores y otras como reglas sustantivas.

    Las reglas menores incluyen los requisitos de:

    • Prolongar su programa antes de la fecha de finalización indicada en su DS-2019 si necesita permanecer más tiempo que la fecha emitida anteriormente.
    • Procesar su transferencia de programa antes de la fecha de finalización en su DS-2019.
    • Obtener la aprobación requerida antes de aceptar un honorario o cualquier otro tipo de pago.

    Las normas sustantivas incluyen los requisitos de:

    • Mantener el estatus válido durante más de 120 días después de la fecha de finalización indicada en su DS-2019.
    • Mantener un curso completo de estudio como estudiante J-1 a menos que tenga el permiso de su oficial responsable para hacer lo contrario.

    Reinstalación después de infracciones

    Si usted comete una infracción menor, su oficial responsable puede ser capaz de corregir su registro sin tener que notificar al DOS. Sin embargo, para las infracciones sustanciales, su oficial responsable tendrá que pedir la autorización del DOS antes de que su registro pueda ser ajustado. Tendrá que pagar una tasa de restablecimiento no reembolsable de 367 dólares al DOS.

    ¿Qué pasa si se le deniega?

    En caso de que se le deniegue su solicitud, entonces tendrá que regresar a su país de origen en el período de gracia de 30 días a partir de la fecha de finalización indicada en su DS-2019 original. Permanecer en los Estados Unidos después de que la extensión de su visado J-1 haya sido denegada puede hacer que se le considere «fuera de estatus», lo que puede tener graves consecuencias en el futuro si intenta solicitar otro visado o tarjeta verde.

    Viajar

    El solicitante de la extensión del visado J-1 puede viajar fuera de los Estados Unidos, sin embargo, es esencial que el solicitante tenga un sello de visado J-1 válido en su pasaporte. Si el sello del visado ha caducado, es fundamental obtener un nuevo visado antes de viajar. Los solicitantes que viajen con un sello caducado no podrán volver a entrar en los Estados Unidos.

    Período de gracia para viajar J-1

    Hay un período de gracia para viajar que puede ser importante que usted entienda. Como se indica en el DS-2019, hay un período de gracia que el USCIS permite a las personas que completan los Estados Unidos para salir del país. Los 30 días siguientes a la finalización de su programa J-1 se considera el período de gracia y usted ya no estará bajo el estatus J-1, sino ahora bajo la jurisdicción general de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos.

    Tenga en cuenta que no puede seguir trabajando en ninguna actividad de intercambio durante su período de gracia. Además, tenga en cuenta que puede viajar por los Estados Unidos, sin embargo, si viaja más allá de las fronteras, lo más probable es que no se le permita el reingreso.

    Por encima de la prórroga

    Es muy difícil para un solicitante que ya ha recibido una prórroga y pedir un tiempo adicional. Esto sólo se permite en situaciones notables y excepcionales. Para autorizar una prórroga adicional, el funcionario patrocinador del programa está obligado a enviar una solicitud al Departamento de Estado.

    La solicitud implicaría una explicación detallada de la petición y documentación complementaria. El Departamento de Estado también exige una tasa no reembolsable de 246 dólares. Para recibir una prórroga del período de estatus de salida voluntaria de 30 días, se aconseja ponerse en contacto con el USCIS.

    Resumen de las prórrogas del visado J-1

    Hay prórrogas especiales disponibles para los profesores y becarios de investigación que están en el programa de visado J-1. Después del período inicial de tres meses de duración máxima, las personas elegibles pueden extender su estancia por seis meses más para completar su investigación o programa designado. Recuerde que la concesión de esta prórroga queda a la entera discreción del Departamento de Estado.

    Exención de visado J-1

    Una vez finalizada su prórroga J-1, deberá regresar a su país de origen en virtud del requisito de residencia en el país de origen, que obliga a todos los titulares de J-1 a regresar a sus países de origen durante un total de dos años antes de volver a los EE.La única manera de evitar el requisito de residencia en el país de origen es obtener una exención del visado J-1 en función de sus circunstancias. La exención se puede conceder basándose en:

    • Una declaración de no objeción del gobierno de su país de origen
    • Una declaración que demuestre que usted experimentaría dificultades excepcionales si se viera obligado a abandonar los EE.UU.
    • Una declaración que demuestre que usted experimentaría persecución al regresar a su país de origen.
    • Una declaración de una agencia gubernamental interesada (IGA) que solicite su presencia continuada en los EE.UU.

    Cómo solicitar la exención de visado J-1

    Para solicitar una exención de visado J-1, deberá presentar un DS-3035. El formulario debe ser completado con la información pertinente, que incluye su número de SEVIS, la fecha de entrada en los Estados Unidos bajo el estatus J-1, y la información sobre sus dependientes J-2 (si los hay). También necesitará todos los DS-2019/IAP-66 que se le hayan expedido, así como las pruebas que demuestren que cumple los requisitos para la exención. La tasa de presentación de la exención de visado J-1 es de 120 dólares.

    Después de presentar la solicitud de exención y la tasa, podrá hacer un seguimiento de su estado de tramitación visitando el Rastreador Online de Exención de Visado J-1. Tendrá acceso a su caso haciendo clic en «Check the Status» y luego introduciendo su número de caso. Si el DOS necesita más documentos de apoyo de usted, esto se indicará en el sitio web. El tiempo de tramitación de una solicitud de visado J-1 correctamente presentada dependerá del tipo de exención que solicite:

    • Declaración de no objeción: 12 a 16 semanas
    • Persecución: 12 a 16 semanas
    • Agencia del Gobierno Federal interesada: 8 a 12 semanas
    • Dificultades excepcionales: 16 a 24 semanas
    • Departamento de Salud Pública del Estado: 12 a 16 semanas
    • Opinión consultiva: 4 a 8 semanas

    Cómo pueden ayudar nuestros abogados de inmigración

    Al igual que la mayoría de los procesos de inmigración, conseguir una extensión de la visa J-1 sin afectar negativamente su estatus actual es más fácil de decir que de hacer. Conseguir que sus solicitudes y peticiones se hagan correctamente la primera vez le ahorrará tiempo, esfuerzo y dinero para que pueda centrarse en su trabajo o estudios en los EE.UU.

    Aquí en Visa Nation, nuestros abogados de inmigración son capaces de verificar si usted es elegible para una extensión de la visa J-1.Entendemos las extensiones designadas para cada categoría, y somos capaces de aconsejarle sobre los pasos adicionales a tomar con el fin de promover el proceso de extensión.

    Para hablar con uno de nuestros abogados de inmigración, puede ponerse en contacto con nuestra oficina programando una consulta hoy.

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