Catálogo Académico

Cómo usar el catálogo en línea

El catálogo en línea es un registro de los años académicos 2019-2021. Es sólo para fines informativos y no constituye un contrato. La información estaba actualizada en el momento de su publicación. Las asignaciones de la facultad y los programas enumerados están sujetos a cambios, y los departamentos y unidades individuales deben ser consultados para obtener más información. Los cursos enumerados en esta publicación están sujetos a revisión sin previo aviso. Los cursos no se ofrecen necesariamente cada trimestre o cada año. Los departamentos o unidades individuales deben ser consultados para obtener información sobre la regularidad de la oferta de cursos. El catálogo está en línea en http://catalog.uic.edu.

Volumen 44, 15 de mayo de 2019

Oficina del Registrador (MC 003)
Universidad de Illinois en Chicago
1200 West Harrison Street
Chicago, Illinois 60607

El catálogo en línea incluye una lista completa de los Programas de Grado y Minores por universidad. Esta lista es una herramienta útil para explorar y comprender los programas y requisitos académicos de grado de la UIC.

El catálogo en línea se actualiza regularmente a medida que cambian los programas de grado, los cursos y los requisitos. Una lista de cambios de programas y requisitos se encuentra en la página de Cambios y Actualizaciones de Programas.

Las versiones archivadas del Catálogo de Pregrado 2019-2021 y los catálogos más antiguos están disponibles en la sección de Archivos y Enlaces.

El catálogo en línea es una herramienta de planificación académica para los estudiantes de pregrado. El catálogo en línea está dividido en seis secciones principales:

  • La Universidad
  • Admisiones, registro y finanzas
  • Programas de grado y requisitos
  • Colegios y departamentos
  • Descripciones de cursos
  • Archivo y enlaces

Cada sección del catálogo en línea proporciona información necesaria para el proceso de planificación académica. A continuación se ofrece una breve descripción de cada sección.

La Universidad

La sección de la Universidad proporciona una útil visión general de la Universidad de Illinois en Chicago.

Admisiones, Inscripción y Finanzas

La sección de Admisiones, Inscripción y Finanzas cubre las admisiones de pregrado, los procedimientos de inscripción y registro, la matrícula y las cuotas, y la ayuda financiera.

Programas de Grado y Requisitos

La sección de Programas de Grado y Requisitos enumera todos los programas de grado y menores disponibles para los estudiantes de pregrado. También incluye información sobre los cambios de programas y requisitos, los requisitos de las titulaciones universitarias, las calificaciones, el asesoramiento y la graduación. Estos temas ayudan a los estudiantes a definir las normas académicas y a realizar un seguimiento de su progreso hacia la finalización del título.

Colegios y Departamentos

La sección de Colegios y Departamentos describe todos los programas de grado de la UIC y sus requisitos en detalle. Los estudiantes utilizan esta sección del catálogo para asegurarse de que entienden y cumplen con todos los requisitos para su programa de grado.

Descripciones de cursos

La sección de Descripciones de cursos enumera todos los cursos de pregrado en la UIC. Las descripciones de los cursos están ordenadas alfabéticamente por áreas temáticas. Cada descripción del curso incluye una rúbrica (abreviatura del área temática), el número del curso, el título del curso, las horas del semestre, los prerrequisitos (si los hay) y el contenido del curso.

El catálogo incluye todos los cursos de pregrado de la UIC. Sin embargo, no todos los cursos se ofrecen durante un semestre determinado. Para determinar qué cursos se ofrecen, los estudiantes deben consultar el Horario de Clases a través de my.UIC antes de comenzar la inscripción.

Archivo y Enlaces

La sección de Archivo y Enlaces enumera los enlaces a las versiones archivadas de los catálogos y los documentos y sitios web adicionales que son útiles en el proceso de planificación académica.

Declaración de no discriminación

El compromiso del Sistema de la Universidad de Illinois con los principios más fundamentales de la libertad académica, la igualdad de oportunidades y la dignidad humana requiere que las decisiones que involucran a los estudiantes y empleados se basen en el mérito individual y estén libres de discriminación injusta en todas sus formas.

El Sistema de la Universidad de Illinois no discriminará ni acosará a ninguna persona por motivos de raza, color, religión, sexo, origen nacional, ascendencia, edad, estado civil, estado de orden de protección, información genética, discapacidad, embarazo, orientación sexual, incluida la identidad de género, baja desfavorable del ejército o condición de veterano protegido, y cumplirá con todas las leyes, órdenes y reglamentos federales y estatales de no discriminación, igualdad de oportunidades y acción afirmativa. Esta política de no discriminación se aplica a las admisiones, el empleo, el acceso y el tratamiento en los programas y actividades del Sistema de la Universidad de Illinois.

Los procedimientos de queja y reclamación proporcionan a los empleados y estudiantes los medios para la resolución de las quejas que alegan una violación de esta Declaración. Los miembros del público deben dirigir sus consultas o quejas a la oficina de igualdad de oportunidades correspondiente.

Revisada el 12 de noviembre de 2020

Declaración del Rector sobre el compromiso con las personas con discapacidad

Guiados por la creencia de que las personas con discapacidad son activos para la Universidad, la UIC está comprometida con la plena inclusión y participación de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la vida universitaria. Tratamos de proporcionar un entorno académico, social y físico que hace que las personas con discapacidad sean parte de la diversidad de perspectivas que es vital para una comunidad académica.

La UIC apoya los principios de diseño universalmente accesible, formatos de comunicación alternativos, y la expresión de la comunidad de la discapacidad y el orgullo. En todos los niveles de la Universidad, la UIC promueve la igualdad de oportunidades, el trato justo y la eliminación de barreras para las personas cualificadas con discapacidades.

Oficina para el Acceso y la Equidad

La UIC se compromete a proporcionar y preservar un entorno educativo y de trabajo libre de todas las formas de discriminación por razón de sexo, acoso sexual y otras conductas sexuales inapropiadas (denominadas colectivamente «conducta sexual inapropiada»). UIC prohíbe y no tolerará la mala conducta sexual de o por los estudiantes, empleados, pacientes, solicitantes de inscripción o empleo, u otros en sus programas o actividades educativas.

Por favor, visite el sitio web de mala conducta sexual de la UIC para obtener más información sobre la declaración de la política, el proceso de quejas por mala conducta sexual y cómo denunciar un incidente.

Para denunciar una conducta sexual inapropiada a la Universidad o para obtener información adicional o ayuda con las políticas y procedimientos de igualdad de oportunidades, acción afirmativa y acoso de la Universidad de Illinois en Chicago, póngase en contacto con:

Oficina para el Acceso y la Equidad
Coordinador del Título IX, [email protected]
Coordinador de ADA, [email protected]
717 Edificio Marshfield (MC 602)
809 South Marshfield Avenue
Chicago, Illinois 60612-7207
http://oae.uic.edu
(312) 996-8670

Para presentar una queja ante el U.Departamento de Educación de los Estados Unidos, póngase en contacto con:

Departamento de Educación de los Estados Unidos
Oficina de Derechos Civiles – Oficina de Chicago
Edificio Federal John C. Kluczynski
230 S. Dearborn Street, 37th Floor
Chicago, IL 60604
(312) 730-1560
[email protected]

Procedimientos de quejas formales públicas Universidad de Illinois en Chicago

I. Introducción

Estos procedimientos se han implementado para tratar las quejas de discriminación por motivos de edad y/o discapacidad en cualquier actividad, política, regla, norma o método de administración que esté relacionado con el funcionamiento de los programas de la Universidad.

II. Elegibilidad

Estos procedimientos pueden ser utilizados por cualquier miembro del público que alegue discriminación por edad (según la Ley de Discriminación por Edad) o por discapacidad (según el Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades) por motivos de clase. Sin embargo, cualquier persona que desee impugnar una decisión tomada sobre ellos por un agente de la Universidad de Illinois en Chicago (UIC) en el curso de su empleo o inscripción en la UIC debe utilizar los Procedimientos de Quejas Académicas de la UIC.

III. Definiciones

A. Queja: Una declaración escrita presentada por un agraviado identificando la actividad, política, regla, norma o método de administración que él/ella.

B. Agraviado: Cualquier miembro del público que presente una Queja.

C. Oficial de Reclamaciones: El investigador asignado de la Oficina de Acceso y Equidad de la UIC puede ser contactado en la siguiente dirección:

Oficina de Acceso y Equidad (MC 602)
809 South Marshfield Avenue, Room 718
Chicago, IL 60612-7207
(312) 996-8670 Fax (312) 413-0055
http://oae.uic.edu

D. Oficial de Apelaciones: El Associate Chancellor for Access and EQuity o la persona que éste designe.

E. Días: Cualquier referencia a «días» en el presente documento se referirá a días hábiles (excluyendo fines de semana y días festivos federales).

F. Registro: El registro completo de una Reclamación consistirá en la Reclamación original y cualquier información o documentación de apoyo presentada con dicha Reclamación, las conclusiones del Funcionario de Reclamaciones, la Apelación (si la hay) y cualquier información o documentación adicional presentada con la Apelación, las conclusiones del Funcionario de Apelaciones, y cualquier comunicación y notificación relativa a la Reclamación. El registro se mantendrá durante al menos cinco (5) años tras la decisión final.

IV. Proceso de reclamación

Presentación de la reclamación: El Agraviado debe presentar su Queja ante el Funcionario de Quejas a más tardar diez (10) días después de que tenga conocimiento de la actividad, política, norma o método de administración infractor.

Investigación: El Oficial de Reclamaciones llevará a cabo una investigación adecuada de las cuestiones planteadas en la Reclamación. El reclamante tendrá la oportunidad de presentar cualquier prueba relevante que pueda tener para apoyar la reclamación. En un plazo de catorce días (14) a partir de la presentación de la reclamación, el funcionario encargado de las reclamaciones emitirá sus conclusiones. En el caso de que el Oficial de Reclamaciones encuentre pruebas de discriminación en la actividad, política, norma o método de administración, hará recomendaciones para el cambio(s) y coordinará los esfuerzos para el cambio(s) con el departamento/unidad/universidad cuya actividad, política, norma o método de administración está en cuestión. Además, en el caso de que la persona se haya visto perjudicada por una decisión tomada en virtud de un proceso, política, actividad, norma o método de administración discriminatorio, se le dará la oportunidad de reconsiderar la decisión de acuerdo con el proceso, la política, etc. revisados. En aquellos casos en los que el Oficial de Reclamaciones no encuentre pruebas de discriminación, enviará una notificación por escrito de dicha conclusión al Reclamante dentro de ese período de 14 días. Dicha notificación informará al Agraviado de su derecho a apelar el fallo ante el Oficial de Apelaciones dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la notificación.

Apelación: La apelación de las conclusiones del Funcionario de Reclamaciones debe hacerse por escrito y debe indicar la base de la apelación, proporcionando cualquier prueba o información adicional que pueda apoyar la reclamación de discriminación del Agraviado. El Oficial de Apelaciones revisará el registro del Oficial de Reclamaciones y cualquier información/evidencia presentada con la Apelación y emitirá las conclusiones dentro de los diez (10) días siguientes a la recepción de la apelación. En el caso de que el Oficial de Apelaciones encuentre evidencia de discriminación en la actividad, política, norma o método de administración, deberá hacer recomendaciones de cambios. En aquellos casos en los que el Oficial de Apelaciones no encuentre evidencia de discriminación, enviará una notificación por escrito de dicha conclusión al Demandante dentro de ese período de 10 días. No habrá más niveles de revisión o apelación más allá del Oficial de Apelaciones.

Desviación del proceso: Si se demuestra la existencia de circunstancias atenuantes, el Canciller y sólo el Canciller podrá aprobar una desviación de estos procedimientos (por ejemplo, la ampliación de un plazo).

La fecha de entrada en vigor de la política es el 1 de septiembre de 2005.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.